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miércoles, 8 de abril de 2015

3 CAUSAS MÁS FRECUENTES DE NULIDAD MATRIMONIAL, SEGÚN LOS EXPERTOS

Conozca las 3 causas más frecuentes de nulidad matrimonial, según los expertos






Por: Isis Barajas | Fuente: Misión





“Hace unos días una mujer vino a hablar conmigo y me comentó que su párroco le había dicho que si le daban la nulidad ya estaría todo solucionado… ¿Sabes cómo lloraba ante esta respuesta? Lejos de consolarse, la mujer no solo sentía que le habían arrancado carne de su carne, sino que percibía que personas de la Iglesia no entendían ese desgarro, como si el hecho de que se rompiera un matrimonio no fuera algo grave”.
La que así habla es María Álvarez de las Asturias, defensora del vínculo en el Tribunal de Madrid y directora del Instituto Coincidir. Ella y las personas que trabajan en los tribunales eclesiásticos saben muy bien que detrás de un proceso de nulidad se encierra mucho sufrimiento, que necesita ser sanado y acompañado.
Es cierto que el proceso en sí es duro porque supone una exhaustiva revisión de vida, pero lo realmente difícil es aceptar el rompimiento de un proyecto de vida que normalmente comenzó con ilusión y sin perspectivas de fracaso.
En la nulidad se constata que el vínculo no existió
El proceso por el que se declara que un matrimonio es o no es nulo no tiene nada que ver con un divorcio. La nulidad no es una ruptura de un vínculo, sino la constatación de que ese vínculo, en realidad, nunca existió. Y esta inexistencia del vínculo conyugal no se declara en función de una vida matrimonial fracasada, sino en función de si en el momento de la celebración de las nupcias (y no después) se dieron los requisitos necesarios para un matrimonio válido.
El decano del Tribunal de la Rota de Madrid, Carlos Morán, explica que “estos no son procesos de buenos y malos, no es un análisis moral de lo que ha vivido una persona,sino un análisis de la verdad del vínculo conyugal”.
Las causas frecuentes
Según explica el decano de la Rota, las causas más frecuentes de nulidad son aquellas referidas a la incapacidad, sobre todo, el grave defecto de discreción de juicio y la incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causa de naturaleza psíquica.
Además de esto, también son significativas determinadas exclusiones en el momento de celebrar el matrimonio, como la de la indisolubilidad y la prole.
De las causas de nulidad que llegan a los tribunales eclesiásticos se puede comprender de forma directa cuáles son las deficiencias con las que las personas acuden hoy a casarse. Y una de las conclusiones que sacan tanto María Álvarez de las Asturias como el propio Carlos Morán es que un problema importante que arrastran muchas personas es la inmadurez personal y afectiva, que provoca incluso que personas que no se conocen en absoluto se casen.

Ese fue el caso de Ricardo –nombre falso para preservar su intimidad–. Tras la luna de miel, su mujer buscó a su antiguo novio, con el que había estado saliendo más de diez años y al que había seguido viendo a espaldas de Ricardo, y rompió con el recién estrenado matrimonio.
“Me puse a investigar y encontré un artículo que explicaba los tres tipos de causas que hacen un matrimonio nulo. Cuando lo leí, entendí que a lo mejor mi matrimonio no era válido. La ironía del tema es que fue solo en ese momento cuando me enteré de lo que hacía válido un matrimonio; tenía 37 años y había sido bautizado como católico cuando era pequeño…”.

Muchas personas se acercan hoy al matrimonio sin saber realmente qué significa el sacramento e incluso cuando dan su consentimiento en realidad lo hacen excluyendo la indisolubilidad del vínculo o la apertura a la vida.
“Se está dando un rechazo a las propiedades esenciales del matrimonio, no se quiere una unión de uno con una abierta a la vida, en fidelidad y para siempre”, explica María Álvarez de las Asturias.
Además, “en vez de considerar las propiedades esenciales del matrimonio como un regalo y un don, se considera que la  exclusividad, la fidelidad, la indisolubilidad, los hijos o incluso la sacramentalidad son una carga”, añade.

Tanto en los casos en que la nulidad se produce por alguna incapacidad como cuando se excluyen propiedades del matrimonio, Álvarez de las Asturias subraya que “la culpa es en gran parte nuestra, de la Iglesia, porque nosotros conocemos la verdad del amor, tenemos los medios para explicarlo y no lo estamos haciendo; no estamos tomando medidas suficientes para que los matrimonios que se están contrayendo no lleguen a romperse”.
En esta línea, María Álvarez de las Asturias propone un plan pastoral integral: “Existe el amor definitivo, la Iglesia lo sabe y debemos explicarlo, por eso debemos proponer una educación para el amor desde la infancia, preparar para el matrimonio, acompañar la vida diaria de las familias fortaleciendo no solo al que se encuentra mal, sino a todos, sostener en las dificultades cuando son más serias y sanar las heridas, sobre todo, cuando se produce una ruptura”.

Saber la verdad sana
Según Carlos Morán, “en muchos casos los propios procesos de nulidad son también muy sanadores, puesto que conocer la verdad sobre lo que ha pasado en uno mismo es sanador y ayuda a encauzar situaciones que sin haber pasado por aquí a lo mejor no se hubieran conocido”.
Así fue, por ejemplo, en el caso de Ricardo: “Para mí el proceso fue terapéutico, pues tuve que resolver un largo cuestionario para presentar el caso y eso me ayudó a admitir que yo también había jugado un papel en el problema. Hasta ese momento la había culpabilizado a ella de todo; reflexioné sobre mis actos y me di cuenta, por ejemplo, de que la preparación al matrimonio no había sido buena”.

Pero, aunque el mismo proceso de nulidad permita conocer la verdad de la situación que viven las personas y pueda ayudar a la sanación de las heridas, normalmente, no basta solo con esto. María Álvarez de las Asturias sostiene que, “aunque un matrimonio sea nulo, existe una ruptura, porque esa persona ha entregado su vida al otro y el darse cuenta de que no ha sido recibida como un don es un dolor inmenso”.
Por esta razón, Álvarez de las Asturias recalca que “hay que acompañar a esas personas que se han roto, y no solo a ellos como esposos, sino sobre todo como padres, para que la familia se rompa lo menos dolorosamente posible para los hijos”.

Fernando –nombre ficticio– es hijo de un matrimonio nulo. Tenía 11 años cuando se inició el proceso y para él fue muy doloroso saber que el matrimonio de sus padres nunca había existido. Su padre padece una enfermedad mental que le incapacita para asumir las obligaciones del matrimonio y tiene una personalidad manipuladora que arrastró a su madre al matrimonio sin un auténtico ejercicio de su libertad.
Durante tres años, Fernando dejó de hablar con él, le culpaba de la situación y, al ver que su madre le odiaba, él llegó a tener esos mismos sentimientos. “El tiempo que estuve sin hablarle estaba muy mal, yo tenía amigos, pero me acostaba llorando porque sentía que no me querían, mi infelicidad venía de la situación de mis padres”, asegura.
Fernando reconoce que, gracias a la Iglesia y a su hermano mayor, consiguió retomar la relación con su padre: “Los hijos tienen que estar bien con sus padres aunque sean asesinos en serie, tenemos que saber que son limitados. Él no hacía el mal que quería, es pecador como yo”.

Lo primero es sanar, no romper
Lo primero ante una grave crisis conyugal nunca debería ser la ruptura o iniciar un proceso de nulidad. María Álvarez de las Asturias subraya que siempre, siempre, hay que intentar restaurarlo.
“Pero, si ante las dificultades, hemos ido a un proceso de ayuda y, a pesar de la buena voluntad de las partes, el proceso no ha funcionado y existe algún indicio de que ese matrimonio es nulo, entonces sí conviene acudir a los tribunales”.
La defensora del vínculo explica que “cada vez hay más personas que de verdad en conciencia quieren saber cuál es su situación matrimonial, porque según la situación en la que están así desean enfocar el resto de su vida en fidelidad al Magisterio. Las personas que vienen así son de admirar y ellas también necesitan ser sostenidas y acompañadas en la sentencia, porque no olvidemos que una sentencia afirmativa o negativa de nulidad puede ser un alivio para una de las partes, pero también un dolor muy grande para la otra”.

Carlos Morán añade que “hay muchísimas cosas que podemos hacer y para las que debemos, como Iglesia, estar disponibles. La experiencia del perdón y la misericordia de Dios, el acompañamiento espiritual y la atención a todos, también a los divorciados. A los que están en una posición difícil desde el punto de vista de la Iglesia hay que acompañarlos y aconsejarlos, estar cerca de ellos. El Papa ha dicho que la Iglesia no está para juzgar, está para consolar, para ser ese hospital de campaña que cura, acompaña y ayuda, sin juzgar”.

¿Qué es el matrimonio?
Según el Código de Derecho Canónico, “la alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y a la educación de la prole, fue elevada por Cristo Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados”, tanto es así que entre bautizados no puede haber matrimonio válido que no sea sacramental.
El matrimonio tiene unos fines (el bien de los cónyuges y el bien de la prole –su generación y educación–) y unas propiedades esenciales (la unidad, que incluye la exclusividad y fidelidad, y la indisolubilidad). Estos fines y propiedades del matrimonio no dependen tanto de los contrayentes, sino que es Dios mismo el que regala a los esposos estos dones ante su consentimiento personal e irrevocable. Todos los bautizados tienen derecho a contraer matrimonio (es el llamado ius connubii), pero este derecho, tal y como expresó el Papa Benedicto xvi en un discurso al tribunal de la Rota, no es a una “celebración nupcial”, sino a un “auténtico matrimonio”.

Las tres causas de nulidad:
1. Impedimentos matrimoniales: 
es cuando los contrayentes no son hábiles para el matrimonio porque hay alguna circunstancia que les impide vivir en plenitud el matrimonio. Hay impedimentos en razón de la edad, la impotencia perpetua para realizar el acto conyugal, la existencia de un vínculo matrimonial previo, votos religiosos, consanguinidad, etc.

2 Vicios o defectos del consentimiento: Esto sucede cuando:
A. Hay una incapacidad que afecta al consentimiento. Bien, por discreción de juicio (grado de madurez personal que permite al contrayente discernir para comprometerse acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio), o bien por incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio.
B. Hay ignorancia sobre lo que es el matrimonio, exclusión del matrimonio o de alguna de sus propiedades o elementos esenciales. También cuando se da error o engaño, condición y miedo.
3. Defectos de forma: se refiere a la manifestación externa del consentimiento y requisitos de forma.
Se parte de la presunción de que todo matrimonio celebrado es válido, por lo que no es la validez lo que hay que demostrar, sino la invalidez. La Iglesia quiere que el sacramento del matrimonio sea celebrado y vivido no solo válida, sino también fructuosamente, es decir, que dé lugar a una vida plena y abundante.

Agilizar procesos
Para que un matrimonio sea declarado nulo se necesitan actualmente dos sentencias afirmativas de dos tribunales distintos. Este procedimiento busca garantizar la veracidad de los procesos y solventar un eventual error en la primera instancia.
Una de las propuestas para agilizar los procesos que se ha discutido a raíz del Sínodo de los Obispos es eliminar la segunda sentencia conforme; sin embargo, los miembros de los tribunales consideran que hay otras vías más adecuadas para reducir los plazos sin dejar de garantizar la veracidad de los procesos. La principal es dedicar más medios económicos y personales a los tribunales, de modo que haya más jueces que resuelvan sentencias.
Otra de las ideas generalizadas es que iniciar un proceso de nulidad es caro, pero lo cierto es que las tasas de los tribunales son asequibles y se pueden pagar a plazos.
Lo que suele ser elevado son los honorarios de los abogados privados. Además, existe el patrocinio gratuito para aquellas personas que no puedan costearlos. “Nadie se queda sin ser atendido por motivos económicos”, asegura Álvarez de las Asturias.

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